Hoy, más de ocho siglos después de la primera presencia judía documentada en Madrid, sigue siendo una incógnita si existió en época medieval una judería separada y distinta de los restantes barrios madrileños, pues los sucesivos traslados forzados de sus moradas y la propia escasez documental dificultan notablemente el rastreo histórico posterior.
Este trabajo propone la puesta en conjunto de todos los documentos conocidos que aportan algún dato sobre la localización de sus viviendas, así como la búsqueda de las pautas urbanas que pudo seguir durante la Edad Media el asentamiento de los judíos madrileños.
La principal circunstancia a tener en cuenta cuando se intenta rastrear dónde estuvo ubicada la judería medieval madrileña es la notable escasez documental con que nos enfrentamos: hasta el momento no llegan a la treintena los documentos conocidos y restos arqueológicos conservados que aportan pistas fiables acerca de tal localización, y estos datos quedan distribuidos temporalmente, de forma aleatoria, a lo largo de tres siglos. Sin embargo, y a pesar de la dispersión de tales referencias, en ningún momento se atisban indicios claros de que en nuestra villa haya existido en época medieval una judería compacta y diferenciada del resto del caserío, formando un barrio judío con entidad propia: ni siquiera tras las órdenes de apartamiento de 1480, pues también en este periodo hay datos suficientes que la contradicen.
Hay que entender, por tanto, que las sucesivas medidas de segregación nunca llegaron a cumplirse de forma plena y, en general, los judíos vivieron mezclados libremente con el resto de los vecinos de la villa, si bien parece que en cada época concreta su morada siguió ciertos patrones de asentamiento peculiares.
El presente artículo es un resumen de otro trabajo mucho más extenso y detallado que con el mismo título y temática se publicará en el número 37 de nuestra revista.
1. La judería primitiva, hasta 1391
Para este periodo inicial, los tres documentos conocidos que ofrecen datos de localización sitúan a judíos en las colaciones de San Andrés (1203, nietos de Daroch, probable ascendiente de mosé Adaroque), Santa María (1220, mosé ben Alperriel) y San Miguel de los Octoes (1380, don Jacob Çaban, hijo de don Abrahen de Alcoçer, su mujer doña Hermosa, y don Abrahen Guafaj), mientras que un resto arqueológico (siglo XIII, posible mezuzá en una de las viviendas sacadas a la luz en la plaza de la Armería) los localiza de nuevo en Santa María. No hay razón alguna, pues, para suponer un barrio judío ubicado en la antigua almudena, y podría incluso aventurarse, a la vista de lo ocurrido en épocas posteriores, que éste hubiera sido el periodo de mayor dispersión de los judíos por los distintos barrios de la villa.
2. La dispersión: 1391-1480; castillo de los judíos y sinagoga
En 1391 fue asaltada la aljama de Madrid por un grupo que encabezaban Ruy Sánchez de Orozco, Vasco Mejía, Lope Fernández de Vargas, Diego de Vargas y Ruy García de la Torre. La comunidad judía madrileña quedó diezmada, y la mayor parte, quizá la totalidad, de los que sobrevivieron y no huyeron hubieron de convertirse rápidamente. No existiendo en aquel momento, como parece, un barrio judío como tal, es probable que el ataque se centrara sobre el castillo de los judíos y sobre la sinagoga (¿estaba ésta originariamente dentro de aquél?), pues consta que dicho local de oración y reunión había cambiado de emplazamiento en 1402, situándose en esta fecha junto al Campo del Rey.
Los documentos conocidos de este periodo confirman que tras los sucesos de 1391 continuó la dispersión de la población judía por varios barrios de la villa, aunque no por todos ellos. Aparentemente, los judíos se establecieron sólo a lo largo del eje oeste-este (quizá, con más propiedad, oeste-sureste) del Madrid medieval: colaciones de San Nicolás (1449, Mosé Abençafir), San Salvador (1403, calle de los Estelos, actual de los Señores de Luzón, Samuel aben Salom; 1444, Çag Çarça), San Miguel de los Octoes (1443, Abrahem Françés, hijo de Semuel Françés; 1471, Yudá Lerma), San Ginés (1449, Menahem Çidré) y Santa Cruz (1449, Pedro García Adaroque en la esquina suroeste de plaza del Arrabal, Fraym aben Xuxen de Toledo entre la calle de Cuchilleros y la de Toledo y Menahen Çidré hacia el lado sur de la que luego sería Plaza Mayor).
No hay constancia de habitación judía en las colaciones septentrionales (San Miguel de la Sagra, San Juan, Santiago y San Martín) y en las meridionales (San Andrés y San Pedro); tampoco hay datos sobre judíos en la colación de Santa María, lugar quizá poco apetecible por el recuerdo de lo allí ocurrido, y presumiblemente escaso de solares dada su pequeña extensión. De cualquier modo, lo limitado de los datos no permite aventurar ninguna hipótesis sobre esta localización aparentemente selectiva.
Por fortuna, los dos elementos característicos de la aljama madrileña, castillo y sinagoga, sí pueden localizarse con alguna fiabilidad. El castillo de los judíos estuvo situado sobre el encuentro septentrional de las manzanas 188 y 191, arrimado a la muralla y ocupando muy probablemente la esquina SE del recinto emiral, viniendo así a coincidir con la mitad norte del palacio de los Consejos. Sólo está documentado en 1447 (Haym Françes), 1463 y 1464, pero es probable su existencia mucho más antigua, quizá incluso en época islámica (¿cabría identificar el castillo de los judíos con el propio castillo musulmán, una de cuyas hipotéticas localizaciones es la que aquí se propone para el judío?); si las dos torres que en 1385 estaban «caydas en la judería desa dicha Villa» se referían a dicho castillo, indicando su avanzado deterioro ya en esa época, podría suponerse que a mediados del siglo XV habría perdido ya toda funcionalidad y los documentos citados lo mencionarían simplemente como referencia urbana.
En cuanto a la sinagoga, sabemos que a principios del siglo XV (documentos de 1402 y 1403) estaba situada al norte de la colación de Santa María, contigua al Campo del Rey, quizá hacia el extremo oriental de las futuras Caballerizas, construidas en 1556, y que allí continuaba en 1481 (compra de un solar por Rabí Jacob el 20 de septiembre de dicho año). Sin embargo, es muy probable que hubiera existido un edificio anterior, quizá arruinado antes de 1385 ó destruido en 1391, sobre el que no se dispone de ningún dato.
3. La judería nueva: 1481-1492
La orden de apartamiento promulgada en 1480 tuvo como consecuencia el señalamiento en Madrid, en julio de 1481 y por acuerdo del concejo con el visitador Juan Ramírez de Guzmán, de una judería independiente que se localizaría alrededor de la sinagoga, es decir, en el sector NO de la colación de Santa María, llegando quizá por el sur hasta las inmediaciones de la puerta de la Vega (según una declaración posterior, de 1538); este apartamiento habría de quedar cercado por una tapia de algo menos de dos metros de altura que se cerraría por la noche, y que debido a la pobreza de la aljama sería costeada por el propio concejo. Consta en septiembre de ese año la presencia de tres judíos en dicho lugar como propietarios antiguos o compradores de nuevas casas (Mosé Adaroque, don Çag Majagallos y el físico Rabí Jacob), pero lo cierto es que el 31 de octubre el apartamiento seguía sin resolverse, pues la villa requirió al visitador Ramírez de Guzmán que lo llevara a cabo; y poco más de una semana después, el 9 de noviembre, Rabí Jacob obtuvo permiso para vivir fuera de la cerca de la judería para poder atender a los enfermos también por la noche.
Y es en este preciso momento, entre noviembre de 1481 y julio de 1482, cuando probablemente ocurrió algo de lo que no ha quedado constancia expresa pero sí evidentes indicios: el señalamiento de una nueva judería, distinta a la ubicada en julio de 1481 en la almudena y en un paraje más apartado; no hay datos para aventurar los motivos de la mudanza, pero sí que pudo muy bien tener lugar con motivo de la segunda intervención de Ramírez de Guzmán, requerida, como ya se ha dicho, en octubre de 1481.
Sólo admitiendo que dicho traslado hubiera ocurrido se puede encontrar sentido a dos datos inmediatamente posteriores: en primer lugar, que en julio de 1482 el concejo pidiera licencia a los reyes para que cuatro traperos y especieros judíos tuvieran durante el día sus tiendas fuera de la judería, pues ésta se encontraba muy apartada de los lugares de trato de la villa y de sus plazas; y en segundo lugar, que en enero de 1483 se suplicara a la reina para que Rabí Jacob pudiera regresar al interior de la villa, al lugar donde antes vivía, ya que el apartamiento en que ahora habitaba estaba muy lejos de la villa y los arrabales. De ambos datos se desprende que los judíos habían tenido que mudarse a una judería bastante lejana, situada en el exterior de la villa: no podía ser, por tanto, la inicialmente señalada por Ramírez de Guzmán en su visita primera de julio de 1481, junto al Campo del Rey. Además, los dos últimos documentos conocidos de este periodo parecen sugerir un abandono progresivo de propiedades judías dentro de la villa: la cesión en 1485 de un solar «ques de vn judío» para la obra del hospital del Campo del Rey, y la de otro en 1489 («a la puerta de Guadalajara», propiedad de Rabí Losar hijo de Ircano) para la casa de la alhóndiga.
¿Dónde pudo estar esta segunda judería? Una primera hipótesis podría dirigirnos a la zona occidental del Pozacho, ladera escarpada y de usos agrícolas e industriales entre los lienzos meridionales del recinto emiral y el cauce del arroyo de San Pedro. En su zona noroeste compraron los judíos dos solares en enero y marzo de 1484 (Carrión y maestre Çulema), que, curiosamente, son los únicos conocidos extramuros de los dos recintos murados, cristiano e islámico.
Y la segunda hipótesis, por más que parezca ya superada, ha de ser forzosamente la de Lavapiés-Barrionuevo. Pero entendiendo dicha ubicación no en el emplazamiento actual del Lavapiés, sino en una zona menos remota: también extramurada, como la anterior del Pozacho, pero esta vez arrimada por el sureste a la cerca del arrabal, entre las calles actuales de Atocha y Duque de Alba-Magdalena o quizá algo más al sur, y no más allá de Antón Martín, zona que en época medieval se conocía con ese nombre de Lavapiés. Y dicho apartamiento estaría probablemente relacionado de algún modo con el significativo Barrio Nuevo existente justo en esa frontera del arrabal de Santa Cruz con Lavapiés, aunque la aparición temprana de dicha denominación, ya en 1422, podría quizá remitirnos a otros episodios anteriores relacionados con la aljama madrileña.
Sea como fuere, parece que ninguno de estos apartamientos se respetó de forma rigurosa. Ni el primero del Campo del Rey (recordemos los tres solares del Pozacho, 1484, y Puerta de Guadalajara, 1489) ni el hipotético segundo de Lavapiés-Barrionuevo (pues la declaración tardía de 1538 aseguraba presencia de judíos en la almudena entre 1488 y ¿1495?).
4. La expulsión: de 1492 en adelante
El edicto de expulsión de 31 de marzo de 1492 supuso el exilio o la conversión de todos los judíos madrileños. Los documentos de este periodo son ya escasísimos, en gran medida porque los que se bautizaron para poder continuar en la villa hubieron de castellanizar sus nombres, lo cual imposibilita seguir su rastro. Los que optaron por la marcha vendieron sus propiedades (Rabí Lezar, en mayo de 1492, y otras casas, o quizá la misma, en 1495, aunque es extraña la pervivencia documental en dicha fecha de su nombre hebreo), y algunos de ellos regresaron varios años después, ya bautizados (entre éstos, los seis físicos del concejo).
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Muy bueno. Creo que había más físicos que Rabí Jacob.